Con contrato, pero sin comunicación
VEIZANT BOLOY, Septiembre 16, 2014
Los más de 250 días de espera de José Alberto Álvarez Bravo no
significan mucho para lo que posiblemente le falte por esperar. Desde el
3 de enero tiene bloqueado el servicio telefónico de su móvil, pese a
contar con un contrato vigente con el monopolio E mpresa de
Telecomunicaciones de Cuba (ETECSA). La interrupción se produjo luego de
enviar varios mensajes telefónicos a disidentes cubanos en los que
informaba de un amplio despliegue represivo en contra de opositores
pacíficos en la ciudad de Santiago de Cuba.
Primero le impidieron realizar llamadas telefónicas. Solo podía recibir
y enviar mensajes de texto. El pasado 8 de junio, se le suspendió
también este servicio, quedando sin forma de comunicación.
Se personó en la oficina de ETECSA en 17 y A en el Vedado, en La Habana,
donde recibió una respuesta evasiva. "La trabajadora que me atendió
revisó mi móvil, alegó que el mismo no parecía tener problemas
funcionales y me indicó que me dirigiera hacia la oficina de la empresa
situada en Quinta Avenida y 16, en Miramar", dijo Álvarez Bravo. Al
llegar allí, la única información que obtuvo fue: "El funcionario
Norberto Rodríguez, encargado de atender, no se encuentra".
Se personó en la Gerencia General de Cubacel, donde fue atendido por la
Supervisora General, quien le comunicó que el funcionario Norberto
Rodríguez, a quien había procurado ver meses atrás, se comunicaría con
él para explicarle el motivo de la ausencia del servicio. Hasta el
momento espera la llamada.
Al no obtener respuesta alguna, en agosto Álvarez Bravo llevó el caso
ante la instancia de la Sala de lo Civil del Tribunal Provincial
Popular, por representación de una abogada de Bufetes Colectivos. Está a
la espera de que la demanda por incumplimiento de contrato de telefonía
celular prepago contra ETECSA sea aceptada.
Esta demanda convertirá a ETECSA en parte del proceso, pues la norma
jurídica que regula esta actividad en la Isla, comenzando por el
contrato del cliente con dicha empresa, plantea derechos, deberes y
obligaciones de ambas partes.
La institución jurídica que protege a los clientes es el contrato de
telefonía celular prepago. De acuerdo con el mismo, el servicio solo
puede ser suspendido "a solicitud del cliente o por interés de ETECSA,
por uso inadecuado del mismo, se utilice tarjeta SIM en equipos
terminales reportados como sustraídos o extraviados, cuando existan
irregularidades fraudulentas tanto en el uso del servicio como en la
recarga de este, si el uso atenta contra la moral, el orden público, la
seguridad del Estado o sirva en la realización de actividades delictivas
contempladas y sancionadas por la legislación cubana vigente, por
voluntad de las partes".
Según el contrato, ETECSA informará con 30 días de antelación cualquier
modificación en la prestación del servicio. Este tipo de contrato tiene
su base legal en una reglamentación preestablecida a la cual las partes
dan su consentimiento. Es una especia de "tómalo o déjalo". Si no lo
firmas con las condiciones que establece, simplemente no disfrutas el
servicio. Pasa lo mismo con la electricidad, el agua, el gas, los
contratos de transportes por empresas del Estado, de ómnibus, de
ferrocarriles y de aviación, etcétera.
Álvarez Bravo, entre tanto, es uno de los afectados que padecen la
deficiente prestación del servicio telefónico y la falta de
profesionalidad de trabajadores y funcionarios. Y esto seguirá así
mientras exista el monopolio estatal.
Source: Con contrato, pero sin comunicación -
http://www.14ymedio.com/opinion/contrato-comunicacion_0_1634836504.html
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