Thursday, March 5, 2015

Una burla a la dignidad del pueblo

Una burla a la dignidad del pueblo
marzo 4, 2015 4:38 pm·

Cuba actualidad, San Agustín, La Habana, (PD) Hoy pondré al descubierto
otro de los preceptos legales que encabezan la larga lista de los más
violados por parte de los funcionarios corruptos del gobierno,
particularmente por los agentes de la Policía Nacional Revolucionaria
(PNR): me refiero al artículo 245 de la vigente Ley de Procedimiento Penal.

El citado artículo estipula lo siguiente: "La policía no podrá mantener
una persona detenida por más de veinticuatro horas. Dentro de ese
término estará obligada a adoptar alguna de las decisiones siguientes:

1) Poner en libertad al detenido;
2) imponerles alguna de las medidas cautelares previstas en la Ley,
excepto la de prisión provisional, que solo podará aplicarse por el
Fiscal que corresponda;
3) dar cuenta al instructor con el detenido y las actuaciones."

La aplicación de la medida cautelar impuesta al acusado le será
notificada de inmediato por la policía mediante la propia resolución que
la dispuso, teniéndose por efectuada dicha notificación con la
consignación en la resolución de la fecha y las firmas del actuante y el
acusado.

A diario en Cuba este precepto legal es pisoteado por los agentes del
mal llamado orden interior, hasta el punto de constituir ya una
costumbre aceptada por muchos, formando parte de las Leyes no escritas
vigentes en Cuba, emanadas de los intereses y del desprecio hacia los
ciudadanos de los Dioses de la Revolución y muy bien cumplidas por esos
agentes corruptos que traicionan a su pueblo por unas miserables
prebendas de sus propios explotadores.

Así, amigo lector, en Cuba usted puede salir un día de su casa y no
regresar en dos o tres días, e incluso sin poder avisar a la familia,
por estar detenido en cualquier calabozo denigrante de cualquier unidad
policial, si, así mismo: un verdadero secuestro.

Pero para que se den cuenta con más claridad de la desfachatez de la
justicia cubana, el artículo 279 del Código Penal sanciona al que sin
tener facultades para ello y fuera de los casos y de las condiciones
previstas en la ley, priva a otro de su libertad personal, incurre en
sanción de privación de libertad de dos a cinco años, o sea otro
artículo pisoteado impunemente por la justicia cubana, una verdadera
burla a la dignidad de un pueblo.

En realidad, somos muchos los cubanos que hemos sido y seguimos siendo
víctimas de esta violación de los derechos humanos y no hay un
funcionario, ni un diputado, ni un juez ni fiscal, ni un militante del
Partido que haya denunciado este atropello ciudadano, y es por ello que
no descansaré de denunciar las irregularidades del sistema de justicia
cubano.

Para Cuba actualidad: nelsonchartrand@gmail.com
www.facebook.ClubAnarcocapitalistaCuba
*Abogado y miembro del Club Anarcocapitalista de Cuba (CAC)

Source: Una burla a la dignidad del pueblo | Primavera Digital -
http://primaveradigital.net/una-burla-a-la-dignidad-del-pueblo/

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