Thursday, March 22, 2012

El derecho a quejas y peticiones

El derecho a quejas y peticiones
Martes, 20 de Marzo de 2012 06:28
Hildebrando Chaviano Montes

Cuba actualidad, El Vedado, La Habana, (PD) Un ciudadano cualquiera, en
un día cualquiera, si se considera afectado en el disfrute de algún
derecho reconocido por las leyes cubanas, acude esperanzado a una de las
tantas instituciones relacionadas con sus intereses dañados. Estas
pueden ser el Ministerio de Justicia, la Fiscalía Nacional, las
provinciales o las municipales, el Consejo de Estado, las Asambleas del
Poder Popular a niveles nacional, provincial o municipal, y otros
misterios y distracciones por el estilo.

Hasta ahí todo bien, ajustado al artículo 63 de la Constitución de la
República, el cual transcribo a continuación: "Todo ciudadano tiene
derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la
atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley."

Lo difícil viene cuando después de varios meses de espera, la respuesta
es una perogrullada, o lo remiten a una entidad de menor nivel, en no
pocas ocasiones la misma que provocó la queja. Esto en los mejores
casos; en otros, el silencio es todo lo que recibe el ciudadano, que se
pregunta si será cierto que la tal institución existe, o la situación
nunca existió y sólo es producto de su imaginación, o si él mismo será
real o un personaje en la pesadilla de alguien.
Para Cuba actualidad: hildebrando.chaviano@yahoo.com
http://hchaviano5.blogspot.com
http://www.twitter.com/@hildebrandoch

http://primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/la-consulta/3667-el-derecho-a-quejas-y-peticiones.html

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